sábado, 31 de mayo de 2014

¡Auspiciosas novedades!

Estimados Colegas:
Me es grato dirigirme a Uds. a los fines de ponerles en conocimiento de un hecho auspicioso. Hace dos días he recibido la grata noticia de parte del amigo Mauricio Maer, de que se ha aprobado en la Comisiones Legislativas de Legislación de Trabajo, Asuntos Constitucionales y Legislación General, el proyecto de reformas a la Ley 9445, que fuera presentado a la Legislatura Provincial en el mes de agosto de 2009 (con la firma de los legisladores Juan Cid – Ricardo Sosa – Rodrigo De Loredo – María Caffaratti), durante mi ejercicio al frente de la Presidencia del CPCPI. Este proyecto había tomado estado legislativo en el año 2012 (Expte.10807/L/12), luego de insistentes reuniones que mantuve, junto a la desinteresada ayuda de Mauricio Maer, CACIC, Asociación Inmobiliaria de VCP y otros colaboradores.
Es de lamentar que esta iniciativa estuvo casi a punto de perderse por falta de seguimiento de parte de las autoridades del CPCPI (recuerden nuestra nota de fecha 27 de mayo de 2013), cuestión ésta que nos tuvo sumamente preocupados y nuestro colegio nunca se expidió adecuadamente al respecto.
Así hemos continuado hasta el presente, donde esta inquietud movilizó a los amigos de Villa Carlos Paz quienes, a través de la Asociación Inmobiliaria de esa localidad, cursaron una nueva misiva a nuestro Colegio Profesional a fines de abril de 2014 y que fuera contestada por el CPCPI el 08 de mayo pmo.pdo. Esta requisitoria no fue debidamente resuelta por las autoridades de nuestro Colegio y, como era de esperar, la entidad intermedia antes indicada ha resuelto expresar que no se encuentra satisfecha con la devolución realizada (todo el material correspondiente a estos intercambios epistolares, al igual que la copia del proyecto, lo encontrarán aquí en: corredoresinmobiliarioscba.blogspot.com).
Como podrán apreciar, la inacción manifiesta de estas autoridades, ha llevado a peligrar la solución definitiva a un conflicto que lleva años y que provocó un alto costo económico para nuestro ente colegiado, sin contar con la creciente preocupación que ello ha generado entre todos los colegas de la provincia. Cabe destacar que no solamente relativizaron esta posibilidad jurídica sino que, además, no ahondaron en el contenido del proyecto aprobado. Esta situación quedó en evidencia cuando, tras una conversación telefónica con el Dr. Sabaini, explicó que no se podía dar curso a una reforma que habían presentado los martilleros (mediante proyecto impulsado por el Sr.Gaitt), a lo que le repliqué indicándole su error de apreciación y desconocimiento de los hechos (todo esto fue resuelto frente a la comparencia de varios colegas, ya que la conversación se desarrolló en momentos en que nos encontrábamos reunidos en plenario de la Asociación Inmobiliaria).
Hoy, finalmente todo esto ha quedado en el pasado y, felizmente, existen posibilidades alentadoras para que la comunidad inmobiliaria pueda reencontrarse nuevamente. Tengamos debidamente en cuenta que se estima que  tres de cada cuatro corredores inmobiliarios, no se encuentra con matriculación cpi (por ejemplo en mi ciudad existen algo más de 200 colegas de los cuales entre 60 ó 70 solamente disponen de esta matrícula). Es más, existen profesionales martilleros, con idéntica preocupación, con quienes hemos tomado debido contacto y nos expresaron sus deseos de solucionar el conflicto existente.
Es necesario deponer actitudes personalistas que en nada colaboran con el progreso de toda negociación y tampoco permitirán facilitar el definitivo encuentro entre todos los colegas, habida cuenta de que, tal vez en muy poco tiempo, tendremos la incorporación de numerosos corredores públicos a nuestras filas, por lo que es importante que nos preocupemos menos de la vida del Sr. Rigazio y determinemos estrategias adecuadas para recibirlos correcta y cordialmente, al menor costo posible.
Les envío a todos un fuerte abrazo y quedo a disposición de todos Uds.

José Luis Rigazio



martes, 27 de mayo de 2014

Nota al CPCPI por reforma a la Ley 9445

Nota presentada por la ASOCIACIÓN INMOBILIARIA de Villa Carlos Paz, ante la Delegación Punilla del CPCPI, el día 25 de abril de 2013.-

Al Presidente
del C.P.C.P.I.
Sr. Edgardo Calás
S______/______D.

De nuestra mayor consideración:
La Asociación Inmobiliaria de Villa Carlos Paz, entidad constituida por profesionales y empresarios del sector inmobiliario; de activa participación en el ámbito profesional,  social y económico; plenamente reconocida por el Estado y nuestra comunidad, se dirige a Ud. y, por su digno intermedio, a los demás miembros de ese Directorio a los efectos de imponerles respecto de distintos asuntos que preocupan al sector inmobiliario de esta Ciudad del interior provincial.
 Hemos iniciado un nuevo año, que en principio deberíamos considerar como promisorio pero, lamentablemente, se siguen sucediendo hechos de toda índole (en lo profesional, social, económico y político), que nos generan una gran desazón y una incertidumbre total sobre nuestro futuro y especialmente el de nuestros desarrollos económicos y profesionales. Si a esto le sumamos la falta de comunicaciones adecuadas de parte del Colegio Profesional hacia la totalidad de sus colegiados y la creciente sospecha de que el mismo no se encuentra debidamente consolidado en su faz jurídica, tenemos ante nosotros un cuadro situacional por demás preocupante, que ahonda la grave crisis que acosa a nuestro sector.
De allí, que nuestros asociados nos han hecho presentes sus graves preocupaciones, poniendo un especial énfasis en la falta de información  respecto de la situación jurídica en que se encuentra el CPCPI, en razón de que han tomado conocimiento de una serie de resoluciones y fallos contrarios a nuestros intereses , que habrían perjudicado la consolidación jurídica del Colegio. Esto ha sido informado oportunamente por distintos medios de prensa y además, el Colegio de Martilleros (también con sede en esta localidad) se ha ocupado expresamente en que tomemos razón de ello.
Por otra parte, en Villa Carlos Paz, no se puede soslayar la existencia alrededor de algo más de doscientas (200) inmobiliarias funcionando, de las cuales tan sólo alrededor de cincuenta (50) se encuentran con matrícula cpi. Este simple hecho reafirma los temores presentados, ya que estas oficinas se desenvuelven en total normalidad (o impunidad) y nadie hace algo al respecto. Queda entonces “flotando” la sensación de que esta presunta irregularidad no es tal y nosotros somos los “comedidos de turno”.
Téngase en cuenta que en setiembre de 2012 elaboramos conjuntamente con recientemente creada Delegación Punilla, un listado de cien inmobiliarias funcionando irregularmente y, en dicha oportunidad, no sólo se entregó el listado a vuestra comisión de fiscalización, sino que también se elevaron desde la Delegación, notas de denuncia a la Municipalidad local (Expte. Nº 104565/12 – 14/09/2012) y a la DGR  (Trámite 669638-070-81), en razón que se entendía que estas inmobiliarias irregularmente funcionando no disponían derecho alguno para gozar de la exención impositiva municipal y provincial. De estas actuaciones no disponemos al presente de alguna información, por lo que suponemos una imposibilidad fáctica de ese Colegio Profesional para tomar alguna medida efectiva; lo contrario podría interpretarse como una grave negligencia de vuestra parte.
Lo expuesto da cuenta de la realidad preocupante que nuestros colegas atraviesan y que ahonda la sensación de que nada  se ha conseguido y que todo continúa igual o peor que durante los años que nos encontramos actuando dentro de los designios de la Ley 7191. Necesariamente surge la pregunta ¿De qué valió el haber asumido el alto esfuerzo y riesgo de defender la Ley 9445?
Por tal motivo, convencidos de que la desinformación produce sospecha y da lugar a todo tipo de conjeturas, controversias y desencuentro entre las personas -actuando bajo el mandato de nuestros asociados (colegiados del CPCPI)- solicitamos lo que a continuación exponemos:
a.    Se brinde un completo y acabado panorama respecto de la situación de todas las causas judiciales pendientes y de las actuaciones que se hayan realizado al presente, relacionadas con el ejercicio irregular de nuestra profesión y la consolidación jurídica del CPCPI.
b.    Se preste una pormenorizada información respecto del proyecto de modificación de la Ley 9445, ingresado como Expte.10807/L/12, el cual se encontraría en las Comisiones de Legislación del Trabajo, Legislación General y Asuntos Constitucionales, cuyo origen es fruto de la opinión fundada de los estudios jurídicos de los Dres. Gentile-Saravia y Lescano Roqué, quienes –tras la preocupación de las autoridades de ese Colegio Profesional- entre los años 2008 y 2009 aconsejaron esta vía como única solución viable para evitar la interminable instancia judicial que hoy nos ocupa y desgasta, tanto moral como económicamente.
c.    Se explique a los colegiados, cuáles fueron las instancias que el CPCPI realizó, para lograr que este proyecto prosiguiera su curso favorable o, en su defecto, expliciten las causas por las cuales no se realizó ninguna gestión en tal sentido y en su reemplazo, que otras gestiones alternativas han realizado al presente para terminar con el litigio judicial que nos preocupa y perjudica.
d.    Se establezca un estricto programa para buscar la plena erradicación de toda la actividad irregular, clandestina y/o ilegal en toda la provincia y se revean todas las estrategias políticas relativas a la incorporación de todos los colegas inmobiliarios de la provincia de Córdoba a nuestra entidad profesional; todo ello en un afán de sumar y consolidar el encuentro de toda la comunidad inmobiliaria.
e.    Se establezca resolutivamente el envío sistemático y progresivo de toda información que haga a nuestra vida institucional, sea de índole política, social y/o económica, de forma tal que todos y cada uno de los colegiados disponga de un profundo conocimiento de las acciones y planeamientos de ese Colegio Profesional.
Todo colegiado debe contar con una adecuada y objetiva información sobre cada acontecimiento que tenga lugar, sobre toda actividad que se realice, sobre toda decisión que se tome desde las instituciones que lo representan y que se suponen deben defender su actuación profesional y/o empresaria; de lo contrario, se establece un profundo distanciamiento entre representante y representados.
Esta decana Asociación Inmobiliaria guarda un profundo compromiso con nuestra profesión y sus actuaciones, en la conformación de los dos Colegios Profesionales que al presente nos han acogido, así como todas las presentaciones realizadas ante distintos organismos y fueros diversos para la jerarquización  profesional, avalan este involucramiento. Asumimos una posición crítica, producto de una seria y responsable reflexión sobre los acontecimientos que vienen produciéndose y sus implicancias futuras. Esta es una actitud permanente y constante que siempre nos ha caracterizado y no cejaremos en nuestro objetivo primordial, cual es el defender los intereses de nuestros asociados y la actividad inmobiliaria en su conjunto.
Les saludamos con nuestros mayores respetos y quedamos a la espera de una resolución favorable al respecto.
Abril de 2014.-


Presidente                                RIGAZIO, José Luis
Vice-Presidente                        JUAREZ, Sara Alicia
Secretario                                  LIDIA INES PRADOS
Tesorero                                    BARTMUS, Hugo Raúl
Vocal 1                                       VENTURA, Carlos Obdulio
Vocal 2                                       MARTINEZ, Horacio Ignacio

Esta nota fue contestada por el CPCPI el 08/05/2014 y la Asociación Inmobiliaria remitió otra en la que expresaba su disconformidad ante las razones esgrimidas por el Colegio Profesional para responder a los interrogantes aquí planteados...!!!





martes, 28 de mayo de 2013

Reclamos al C.P.C.P.I.

Córdoba, 27 de mayo de 2013.-
Al Presidente
del C.P.C.P.I.
Sr. Edgardo Calás
S______/______D.

De nuestra mayor consideración:
Quienes firmamos al pie -en representación del 36% de votantes y como segunda minoría del Colegio Profesional- nos dirigimos a Ud. y demás miembros de ese Directorio a los efectos de peticionar respecto a lo que a continuación exponemos.
Acabamos de terminar un proceso electoral bastante controvertido, caracterizado por una escasa participación de colegiados y vacío en contenidos, durante cuyo transcurso hemos cuestionado –entre otras cosas- la falta de comunicaciones adecuadas de parte del Colegio Profesional hacia la totalidad de los colegiados.
Pusimos especial énfasis en la falta de información respecto de la situación jurídica en que se encontraba nuestra entidad, en razón de que se estaban produciendo una serie de resoluciones y fallos contrarios a nuestros intereses  y perjudicando la consolidación jurídica del Colegio, a la que Uds. dieron amplia difusión, presentándola como un logro de vuestra gestión.  (Ver el Expte.311812, DEN 152/2012 y las publicaciones aparecidas en el diario Comercio y Justicia del 29/04/13 y del 20/05/13).
Pensar o suponer hoy que tenemos todo resuelto y “consolidado” es una verdadera perogrullada. Afirmar que nos conducimos por el camino correcto es una intención que sólo pueden aceptar quienes se encuentran totalmente distraídos, no prestan atención sobre los acontecimientos que ocurren a su alrededor o bien no disponen de una información objetiva y adecuada de parte de quienes tienen el deber de comunicarla.
Desde hace años (agosto de 2009, durante la presidencia del Sr. Rigazio, para ser precisos), el C.P.C.P.I. presentó un proyecto alternativo de modificación de la Ley 9445, de forma tal que en ella se incluyera a todos los Corredores Públicos, erradicando en forma absoluta la injerencia de la Ley 7191 y marcando claramente la separación entre las dos profesiones. De esta forma quedaría zanjado el litigio judicial y se subsanaría el error cometido en el 2007, por parte de quienes apuradamente presentaron el proyecto que posteriormente surgió como Ley 9445 y en la que no se realizó tal necesaria separación (por eso debemos conocer todas las circunstancias históricas ocurridas, para no volver a cometer idénticos errores).
Este simple proyecto (producto de la opinión fundada de los estudios jurídicos de los Dres. Gentile-Saravia y Lescano Roqué, sintetizado por el Dr. Ignacio Sabaini), en principio no fue debidamente considerado por la anterior Legislatura en razón de las circunstancias políticas imperantes por aquel entonces. Pero hoy, ya dispone de estado parlamentario (Expte.10807/L/12) gracias al esfuerzo que hemos realizado quienes entendimos que ésta era la única solución que nos permitiría consolidarnos definitivamente.
Frente a esta realidad, es necesario dejar debida constancia de que, en la actualidad nuestro Colegio Profesional no ha asumido ninguna posición al respecto ni ha realizado gestión alguna a favor de esta iniciativa. Desconocemos cuál o cuáles son las razones que ameritan tal posición, pero desde nuestra opinión no existe otra alternativa que nos permita salir de esta difícil situación judicial, que no sólo pone en riesgo nuestro futuro inmediato sino que además, está produciendo un importante “drenaje” de fondos, que bien podrían ser utilizados con mayores beneficios a los colegiados.
No podemos continuar con esta creciente desinformación oficial y es preciso que se resuelvan satisfactoriamente todas las requisitorias efectuadas y que, al presente, no han encontrado respuestas (valga citar de ejemplo la nota presentada el día 15/04/13). Por estas razones, en uso de nuestros derechos, venimos a exigir de parte de las autoridades del C.P.C.P.I., que se tomen medidas serias y responsables para que a la mayor brevedad se de cumplimiento a los siguientes puntos, a saber:
1.     Se brinde un completo y acabado panorama respecto de la situación de todas las causas judiciales pendientes.
2.     Se efectúe la inmediata presentación de nuestra Institución Colegiada ante la Legislatura de esta Provincia, a los fines de que las Comisiones de Legislación del Trabajo, Legislación General y Asuntos Constitucionales, se aboquen de inmediato al tratamiento y aprobación del proyecto de modificación de la Ley 9445, ingresado como Expte.10807/L/12 y, posteriormente se realice un estricto seguimiento de su curso legislativo.
3.     Se establezca resolutivamente el envío sistemático y progresivo de toda información que haga a nuestra vida institucional, sea de índole política, social y/o económica.
4.     Se emitan mensualmente informes de la ejecución presupuestaria aprobada, a los fines de que todos los colegiados dispongan de esta importante y vital información respecto de el uso de los fondos aportados y/o disponibles.
5.     Se revean todas las estrategias políticas relativas a la incorporación de todos los colegas inmobiliarios de la provincia de Córdoba, a nuestra entidad profesional.
6.     Atento a la grave situación económica-financiera que oportunamente hemos denunciado, exigimos se tomen de inmediato las medidas conducentes a producir una utilización racional de los recursos, a disminuir el gasto en publicidad y reducir sensiblemente  los gastos judiciales, en la búsqueda constante del menor costo a cargo de los colegiados.
7.     Se de plena participación a todos los colegiados para la diagramación de las acciones futuras, realizando para ello un minucioso plan de corto y mediano plazo, que incluya programas de cumplimiento efectivo y que, la aprobación final, quede a consideración de una Asamblea Extraordinaria.
8.     Se examine y diagrame un plan de integración del interior provincial y se establezcan adecuadas delegaciones, sub-delegaciones y/o representaciones, según sean los casos y las disponibilidades económicas-financieras.
9.     Se asegure la plena autonomía de todas las delegaciones y se proceda de inmediato a reglamentar su funcionamiento, con total respeto de la comunidad regional que se trate.
10.  Se establezca un estricto programa para buscar la plena erradicación de toda la actividad clandestina e ilegal en toda la provincia.
11.  Se informe cuál o cuáles son los beneficios directos y tangibles que podrán disfrutar todos los colegiados respecto a los convenios y participaciones regionales o extra-regionales que lleva adelante el C.P.C.P.I., tales como la participación en F.I.R.A., CLIN, Comunidad Regional Centro, Congresos Internacionales, CEDIN y otros. Esta información resulta sumamente importante a los fines de que los colegiados puedan evaluar la relación costo-beneficio resultante y se dispongan las suficientes garantías de que estas participaciones no beneficien solamente a las personas que actúen tan sólo representándonos.
Cada colegiado debe contar con una adecuada y objetiva información sobre todo acontecimiento que tenga lugar, sobre toda actividad que se realice, sobre toda decisión que se tome. Esta información facilitará el compromiso social y el sentido de pertenencia institucional; a partir de ella cada uno de nosotros se involucra y puede asumir una posición crítica y responsable. Convocar a una Asamblea Extraordinaria sería una decisión acertada, habida cuenta que la decisión a tomar hace a la consolidación jurídica de nuestra Institución y por lo tanto a nuestro futuro como Colegio Profesional.
De lo contrario, el Colegio se transforma en una entidad distante e inalcanzable para el común de sus miembros. La participación no se producirá y tan sólo quedará dentro del ámbito de los deseos y declamaciones circunstanciales. Por otra parte, la desinformación produce sospecha y da lugar a todo tipo de conjeturas, controversias y desencuentro entre los miembros.
El compromiso que disponemos con este Colegio y nuestra profesión, nos lleva a asumir una posición crítica, producto de una seria y responsable reflexión sobre los acontecimientos que vienen produciéndose y sus implicancias futuras. No nos moviliza interés personal alguno; esta es una actitud permanente y constante que siempre nos ha caracterizado. La determinación y valentía de muchos colegas que se “jugaron” por esta profesión, no pueden ser defraudadas por quienes no asumen nuestra realidad institucional o desconocen los fundamentos que dieron origen a este Colegio de Corredores Inmobiliarios.
Les saludamos atentamente y quedamos a la espera de una resolución favorable al respecto.

En representación de la Lista “Integridad”:

Mauricio Jorge Maer                                          José Luis Rigazio



Proyecto modificación Ley 9445

El presente proyecto se presentó originalmente en el mes de Agosto de 2009, durante mi presidencia al frente del C.P.C.P.I.- Posteriormente tras reiteradas insistencias, hemos conseguido (con la importante colaboración de Mauricio Maer) que en Diciembre de 2012 ingresara formalmente a la Legislatura Provincial y tome estado parlamentario como Expediente 10807/L/12.-
Estado Parlamentario al: 06/02/2013
Ingresó a Comisiones:   
1.    Legislación de trabajo
2.    Asuntos Constitucionales
3.    Legislación General

 

La Legislatura de la Provincia de Córdoba Sanciona con fuerza de
LEY

ARTICULO 1º — A partir de la vigencia de la presente Ley el corretaje público e inmobiliario en todo el territorio de la Provincia de Córdoba será regulado por el Colegio Profesional de Corredores Públicos Inmobiliarios de la Provincia de Córdoba, ente que pasará a denominarse -a todos los efectos de esta ley- Colegio Profesional de Corredores Públicos.
ARTICULO 2º — En virtud de lo establecido en el artículo anterior, la ley provincial Nº 9445/07 será el instrumento único que  regulará el ejercicio del corretaje público en todo el territorio de la Provincia de Córdoba y el Colegio Profesional de Corredores Públicos de la Provincia de Córdoba será quien tendrá –en forma exclusiva y excluyente- el gobierno de la matrícula y el control del ejercicio profesional de los Corredores Públicos e Inmobiliarios de la Provincia de Córdoba.
ARTICULO 3º — Sustitúyanse en la Ley Provincial Nº 9445,  los términos “Corretaje Inmobiliario” y/o “Corredor Público Inmobiliario”, por los de “Corretaje Público e Inmobiliario” y/o “Corredor Público e Inmobiliario”, respectivamente, en los artículos 1º, 2°, 3°, 4°, 5°, 10°, 13°, 14°, 15°, 16°, 17°, 18°, 21°, 22°, 24°, Titulo II, 26°, 27°, 28°, 29°, 30°, 37°, 54°, 56° y 57°.-
ARTICULO 4º — Modifícase el inciso “o”, del artículo 16º, de la Ley 9445, el cual quedará redactado de la siguiente forma:
o) Disponer de local u oficina para atención al público, de forma permanente, debiendo observar similares condiciones que aquellas que pudiere exigir la Municipalidad del lugar en el cual se vaya a instalar ese local u oficina.”
ARTICULO 5º — Quedan derogadas todas las disposiciones de la Ley 7191 y sus modificatorias, que haga alusión a las denominaciones “Corredor Público” y/o “Corredor Público Inmobiliario”, y/o “Corredor Inmobiliario”; así como también toda materia que se relacione con el Corretaje Público y/o Inmobiliario, las que quedan excluidas –sin más trámite- de su ámbito y/o jurisdicción.
ARTICULO 6º — Los papeles, estatutos y toda otra reglamentación de carácter interno del Colegio Profesional, deberán adecuarse a lo que aquí se establece y deberán privilegiar exclusivamente el ámbito profesional.
ARTICULO 7º Queda formalmente obligado el Colegio de Martilleros públicos de la Provincia de Córdoba (Ley 7191) a proveer una copia completa del padrón de Corredores Públicos e Inmobiliarios que se encuentren inscriptos en dicha entidad, al Colegio de Corredores Públicos de la Provincia de Córdoba, dentro de los treinta días de entrada en vigencia de esta Ley.-
ARTICULO 8º — Esta ley entrará en vigencia a partir de los cinco días de su publicación oficial.
ARTICULO 9º — De forma.

Fdo.: Juan Cid – Ricardo Sosa – Rodrigo De Loredo – María Caffaratti


martes, 30 de abril de 2013

PRESUPUESTO Y CONTROL DE GESTIÓN

Planeamiento:
Cuando hablamos de administrar, nos referimos a prever. El signo visible de esa previsión lo constituye el plan o programa de acción.
Todo plan, dentro de un ente, se apoya en tres elementos de importancia:
a)   Los recursos actuales (posibilidades del ente);
b)   La naturaleza e importancia  de la gestión (cumplir las finalidades); y
c)   Las posibilidades futuras (proyección del ente).
Planear es elegir hechos sobre los cuales se va a trabajar, o sea que si bien puede haber un cierto grado de incidencia del factor subjetivo, lo importante son los hechos concretos porque, planear según lo que las personas desean que el ente haga, es planear en falso.
Por eso el plan debe establecerse a partir de los tres elementos indicados, de forma tal de establecer eficazmente, una forma de actuar que nos lleve a conseguir los fines deseados. Esto supone la existencia de alternativas, dentro de las cuales se elegirá la más conveniente a los fines propuestos.
Considerado este plan, es necesario ponerlo en acción (ejecutar) y finalmente controlar lo actuado, esto es: medir los resultados de gestión a partir del cumplimiento de lo que hemos planificado.[1]
Presupuestos:
Dentro de los distintos tipos de planes que conocemos, podemos mencionar al presupuesto, que es un estado de los resultados esperados, expresados en términos numéricos. Podemos decir entonces, que es un programa de expresión numérica, que puede enunciarse en términos financieros, en horas-hombre, en unidades de producto, o cualquier otro término numéricamente mensurable.[2]
Sin lugar a dudas, el presupuesto es una de las herramientas más importantes y eficaces para la planeación en un ente, que dispone la particularidad de obligar a la realización anticipada de un cálculo de recursos, especificando la utilización que de ellos debe hacerse, estimado para un determinado período de tiempo (semana, mes, año, etc.).
Al ser el presupuesto un programa de expresión numérica, nos lleva a realizar con exactitud la planeación. Es una declaración de resultados anticipados que permite una correcta evaluación entre lo planeado y lo ejecutado. Por esta razón, también se constituye en un instrumento de control,  sumamente importante para evaluar la gestión de una organización. De allí que, para lograr el compromiso de los integrantes del ente, se deba implementar formalmente y así, su cumplimiento, se establece como obligatorio.
Muchas veces se menciona el hecho de que son instrumentos de poca flexibilidad, lo cual es relativa si se tiene en cuenta las distintas medidas existentes para otorgarles la flexibilidad adecuada, según sean las circunstancias para las que se está planificando.
Otro de los hechos que deben tenerse muy en cuenta es la forma en que se presupuesta en relación a los hechos. Presupuestar en exceso es un inconveniente que debe evitarse, al igual que exceder las metas especificadas por el ente. Otro de los peligros que esconde la presupuestación es cuando se la utiliza para ocultar ineficiencias (se solicita mucho más de lo que se requiere, se incluyen gastos porque se incurrieron en el pasado, no se realiza una reevaluación de los estándares, etc.); el éxito del período anterior, no garantiza la eficiencia en el futuro.
Establecido un presupuesto para un tiempo y un ente determinado, se ejecutan los programas o ítems establecidos y luego se compara todo con los estándares indicados en el presupuesto (valores monetarios, cantidades de producto, horas-hombre, etc.), para determinar en qué medida se alcanzaron las metas previstas. Según que el ente se exceda en las previsiones o bien no alcance las pautas determinadas en el presupuesto, estaremos midiendo el “error” en la ejecución del plan. La dimensión de ese “error” me indicará en cuanto se alcanzaron o no esas metas. “Errar” en más o en menos, significa que se ha incurrido en una gestión defectuosa; esto es: no se cumplieron las metas establecidas. Para ser más concretos en el análisis, debemos considerar que en la medición no puede tolerarse la existencia de grandes diferencias. Cuánto más grandes sean los porcentajes de estas disparidades entre lo presupuestado y lo ejecutado, más ineficiente se ha tornado la gestión del ente (hablar de discrepancias mayores a un 20%, es enfrentarnos a una creciente ineficiencia en la gestión).

Esta ineficiente situación, llevada a organismos estatales o paraestatales (donde la presupuestación además constituye una autorización para gastar),  configura -en la mayoría de los casos- una “malversación de fondos”; esto es un empleo no autorizado de los recursos presupuestados (en cantidad y/o calidad), lo que significa no tan sólo una ineficiencia, sino que además oculta un acto irregular y/o ilícito (Para poder analizar correctamente estos casos, es necesario estudiar en profundidad la reglamentación existente en el ente u organismo que se trate).
En resumidas cuentas, el ente que persigue un fin y, para ello, opera por “inercia” viviendo el día a día, tratando de solucionar problemas que se van presentando, cambiando de dirección con frecuencia[3], es un ente destinado al fracaso.
El ente obtiene grandes beneficios en términos de eficacia y eficiencia (hacer las cosas correctas y hacerlas bien), al tomar con seriedad y responsabilidad el proceso de planeación y presupuestación[4]. El éxito o fracaso de la gestión de un organismo pasa, definitivamente, por un adecuado proceso de planeamiento y el debido respeto a sus pautas, al momento de ejecutarse lo planeado.
Ajustarse debidamente a lo presupuestado, nos llevará a los resultados deseados y al cumplimiento de las formalidades exigidas por parte de quienes deben tomar decisiones y que, necesariamente, deben responsabilizarse por ellas.

José Luis Rigazio [5]
cpi 0801




[1] José Luis Rigazio -  Notas de cátedra – 2003.-
[2] H. Koontz-H.Weihrich – Administración – Mc.Graw Hill - 1990
[3] Ricardo A. Billene – Presupuestos y control de gestión…- ERREPAR – 2003.
[4] Ricardo A. Billene – Presupuestos y control de gestión…- ERREPAR – 2003
[5] Prof. en Cs. Jurídicas y Contables; Ex Titular de la cátedra de Control de Gestión del Nivel Superior del I.R.E.S.M .; Ex asesor de la Comisión de Presupuesto e Impuestos de la H.C.de Diputados de la Provincia; Ex Secretario de Economía y Finanzas de la Municipalidad de Villa Carlos Paz; Capacitador de Pymes y Micropymes.




jueves, 25 de abril de 2013

¡MÁS INTERROGANTES...!


Cdad. de Villa Carlos Paz, 15 de abril de 2013.-
Al Sr. Presidente
del Directorio del C.P.C.P.I.
Crr. Edgardo D. Calás.
S_________/__________D.

De mi mayor consideración:
Recientemente ese Directorio publicó un “flyer” publicitario en el cual, entre otras cosas, expresaba Resolvimos la situación Judicialya nadie pone en dudas la Ley 9445”. Además, en la Memoria 2012, Uds. afirmaban: “…Podemos decir con certeza que (…) se logró consolidar definitivamente (…) la situación jurídica, el reconocimiento de la ley 9445 (…)”. También afirmaban: “…la situación de nuestra LEY quedó firme (…) sin posibilidad de ser atacada por planteo alguno.” y que se habían “…resuelto los conflictos judiciales y destrabado la situación del Colegio…”.
Ahora bien, confrontando lo expuesto con el contenido del Expediente Judicial 311812, DEN 152/2012: DENUNCIA FORMULADA POR CALÁS EDGARDO CONTRA COLAUT MARIO, en el cual la Fiscal de Instrucción Dra. Liliana I. Sánchez (Sec. Letrado Dr. Pablo Tello) dicta Resolución en la que dice: “Disponer el archivo las actuaciones en virtud que el hecho contenido en las mismas no encuadra en figura penal alguna…”, nace en mí una gran incertidumbre sobre la realidad existente. 
El 15 de octubre de 2012 el Colegio Profesional formuló denuncia penal contra el Sr. Colaut, por ejercer actividad inmobiliaria sin disponer matrícula del CPCPI. La Fiscal actuante, en los considerandos, nos indica que de la situación relevada (denuncia penal por ejercicio ilegal) “no surge elemento de juicio alguno que revele una conducta susceptible de reproche penal.”; refiriéndose más adelante a “un estado de absoluta indeterminación respecto de la constitucionalidad de las leyes provinciales en pugna y, su consiguiente aplicación.”. Por esas y otras razones, resuelve el archivo del expediente.
Estos hechos,  revelan en sí una incongruencia muy importante entre lo publicado por el CPCPI y la resolución citada. Pero, la falta de información veraz, objetiva y completa sobre estos y otros hechos, induce a una total confusión y produce una gran incertidumbre respecto de la situación judicial de nuestro Colegio Profesional.
Es por ello que hoy me presento ante Uds. a los fines de que se sirvan informarme (haciendo esto extensivo para el resto de los colegiados), respecto de lo siguiente:
a)    ¿Cuál es la situación judicial consolidada, firme  y que no puede ser atacada  por planteo alguno (intentando emplear vuestros propios términos), a la que ese Directorio hace referencia en sus diversas declaraciones públicas?
b)    Más allá que, en mi opinión personal, vuestras publicaciones me resultan engañosas, electoralistas, oportunistas y no apegadas a la realidad, pregunto: ¿Cuál es la razón de que cierta información de importancia (caso de la resolución citada), no se ponga en conocimiento de los colegiados y en su reemplazo se emita información que no condice objetivamente con los hechos?
c)    ¿Por qué en la Memoria del Ejercicio vencido, no se expuso objetivamente las circunstancias descriptas en la resolución antes enunciada (o de otras similares que pudieran existir)?
d)    Si el Directorio del Colegio Profesional comunica la existencia de unas 1.324 actas de infracción a la Ley 9445, ¿cuántas de estas actas fueron elevadas a la justicia, cuántas de las presentadas disponen de algún tipo de resolución y, en qué situación jurídica están la totalidad de las actas labradas, para que se utilice todo ésto como un hecho notorio, que hace a la “consolidación institucional definitiva del Colegio”?
e)    ¿Cómo pueden Uds. explicar la existencia de 1.324 actas que constituyen un hecho “sin precedentes en la historia del Colegio” (tal lo publicado), si contrastamos este número con las 785 actas labradas, de acuerdo a lo que Uds. afirman en la Memoria del Ejercicio 2012?
f)     ¿Por qué razón, la resolución que hoy nos ocupa (u otras similares que pudieren existir), no se ha comunicado expresamente a la Delegación de Villa Carlos Paz, teniendo ese Directorio pleno conocimiento de la tarea de fiscalización que allí se estaba realizando y las denuncias que se formularon ante el Municipio y la DGR?
g)    ¿En algún momento, ese Directorio evaluó que el “retaceo” de información sobre la verdadera situación judicial de estas causas, podría generar inconvenientes en las acciones desplegadas desde esa Delegación?
h)    Las actuaciones y discusiones que pudieron ocasionarse tras la resolución de la Fiscal actuante, ¿constan en las correspondientes actas de reuniones de ese Directorio (habida cuenta de vuestra preocupación por la confección de actas) o también encontraremos esto en un “cono de sombra”, en relación a la información que debe divulgarse?
i)     Si una correcta administración, se asienta sobre criterios de plena comunicación y veracidad en la información, además de la obligación de rendir cuentas, ¿por qué razón esto no fue tenido debidamente en cuenta por ese Directorio?, más aún si se considera que Las comunicaciones y/o informaciones deben ser objetivas y veraces, sin valoraciones que puedan suponer engaños o inducir a erróneas interpretaciones por parte de terceros…” (del Código de Ética y sin perjuicio de las demás disposiciones existentes).
Sr. Presidente y Miembros del Directorio, me temo que nos encontramos ante una situación “poco clara” que no condice con vuestras expresiones de “solidaridad intelectual” y de “consolidación y fortaleza” que Uds. persistentemente declaman. Es vuestra obligación llevar todo esto a un plano más franco, más objetivo y más “transparente”, intentando parafrasear de alguna manera vuestras habituales expresiones.
En espera de vuestra contestación a estos interrogantes, les saludo respetuosamente.
  
José Luis Rigazio
              cpi-801



El día 29 de abril de 2013, aparece la publicación de un nuevo fallo de parte del Juez de Control en lo Penal Nº 2 -- Dr. Gustavo Reinaldo, quien en sus fundamentos toma un posición similar y da lugar al planteo del Fiscal actuante, fallando en contra de la denuncia realizada por Edgardo Calás, de nuestro Colegio Profesional. (Ver Comercio y Justicia de fecha 29/04/13).



domingo, 21 de abril de 2013

EL ÉXITO DE LAS DELEGACIONES

                   Recientemente pude observar en una comunicación de nuestro Colegio Profesional, en la cual se indicaba “la consolidación institucional definitiva”.
La simple creación de estas extensiones institucionales no revela nada más que la decisión de cumplir con una obligación legal (art.57 – Ley 9445), que difícilmente permita constituir un éxito de una gestión. Las Delegaciones deberán cumplir con sus finalidades y de esta forma, podremos evaluar la gestión y establecer la existencia de un éxito o un fracaso.
Al crearse una Delegación del Colegio Profesional, éste adquiere un mayor vínculo con la zona de influencia, pero también le nacen nuevas y numerosas obligaciones. Si este problema no es resuelto adecuadamente, surge una creciente insatisfacción en razón de las altas expectativas generadas, lo que se traduce en un gran descontento hacia la administración central.
Al presente existen dos Delegaciones creadas: la de Villa Carlos Paz (desde hace unos ocho meses) y la de Río Cuarto (constituida hace tan sólo tres días). Aún restan localidades como Villa María, San Francisco, Bell Ville, etc. ¿Puede entonces hablarse de una consolidación definitiva?
LOS HECHOS:
Los resultados alcanzados en Villa Carlos Paz, fueron producto de la conjunción de diversos factores en los que para nada tuvo participación el  Directorio del Colegio. Estos se circunscriben a algo muy simple: la voluntad y compromiso de muchos colegas de la región. Ni tan siquiera puedo personalmente arrogarme tales logros.
Se obtuvieron importantes resultados, como consecuencia del trabajo conjunto entre la Delegación, los colegiados, las Instituciones Intermedias locales y el Municipio.
  • ·  Acciones conjuntas con entes privados y públicos, contra el ejercicio ilegal (cartelería pública, acciones de inspectores, publicaciones oficiales y privadas, etc.);
  • ·  Fiscalización, completada por inspectores del Colegio frente a una actividad de relevamiento y supervisión de esta Delegación (listado de más de 100 inmobiliarias irregulares);
  • ·  Exención impositiva y eximición de habilitación Municipal para los Corredores Inmobiliarios (tarea que lleva muchos años y en la que nuestro Colegio tuvo una relevante actuación durante los años 2008 a 2011);
  • ·  Trabajo conjunto con la Asociación Inmobiliaria en entes como el Concejo de Planificación Municipal, CAPTUR, Plan de turismo, etc.;
  • ·  Presentación de diversas iniciativas legislativas que hacen a nuestros campos de incumbencia (Proyectos de ordenanzas para regulación de unidades turísticas, habilitación de comercios, etc.)
  • ·  Acompañamiento a la decisión de los Colegas del norte de Punilla, para trabajar en forma mancomunada en actividades conexas a nuestra profesión; permitiendo relaciones fluidas y posibilidades para futuras actividades conjuntas, a partir de iniciativas como las producidas en Villa Carlos Paz (de allí nuestra propuesta para crear representaciones y/o subdelegaciones);
  • ·  Otras actividades.
Todo esto fue posible gracias a colegas como Carlos Bartmus, Horacio Biderbost, Horacio Martinez, Alicia Juárez, Miriam del Castillo, Jorge Araya, Gloria Refort, Soledad Pérez Hecker,  César R.Heckel Ochoteco, María del V. Recabarren, Jorge Gómez Castellanos, Carlos Ventura y muchos otros que hicieron posible estas realidades.
Nótese que estos colegas disponen vínculos con ambas listas electorales y, sin embargo, el trabajo se realizó satisfactoriamente, aunque aún queda mucho camino por recorrer. La convivencia es efectiva y no tan sólo probable. Sirva esto de ejemplo para Delegaciones como la de Río Cuarto y todas las demás que deberán constituirse.

José Luis Rigazio

Villa Carlos Paz, Marzo de 2013.