sábado, 8 de enero de 2011

REFLEXIONES AL COMIENZO DEL AÑO

En el mes de mayo de 2010 (Reflexiones I) nos expresábamos, contra los agravios producidos por el Colegio de Martilleros, de la siguiente forma: “Quienes no nos reconocen y niegan nuestra profesión, son aquellos que sólo les interesa el rédito económico que obtienen de nuestros colegas y no tienen límites para los permanentes agravios que provocan”; y más adelante expresábamos: “Siempre nos parece importante –a la vez que necesario- que nuestra verdad surja desde nuestros actos, desde nuestro trabajo y desde lo que la realidad nos hace presente.”

El Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios ha tomado decisiones que sólo se relacionan con la aplicación estricta de la Ley 9445 (que regula nuestra actividad). Quienes se oponen a esta legislación, alejados de toda lógica y racionalidad, no han medido (ni les interesa) el daño que han ocasionado y, tan sólo movidos por intereses ajenos a nuestros desempeños profesionales, emitieron instrucciones, aconsejaron medidas erróneas y entregaron “medias verdades” que fueron más nocivas que todas las mentiras que pudieran Uds. imaginarse.

Lamentablemente y a pesar de los esfuerzos que hemos realizado, hoy han sucedido hechos que dejarán importantes y graves secuelas para muchas personas que ejercen el corretaje inmobiliario y no regularizaron su situación legal, tal como lo prevé la Ley 9445. Pudo más la mentira y el temor (generados irresponsablemente por quienes se esconden tras una fachada de legalidad) que todo tipo de acciones basadas en la letra estricta de una ley vigente, en la razonabilidad y en el sentido común.

Reflexionando sobre esta situación, que cada vez se torna más irrazonable y alejada de todo sentido común, podremos observar que tiene más relevancia la mentira que la verdad y, por lo tanto, es imposible que surjan actitudes razonables, a no ser que cada uno de nosotros asuma que el camino a la verdad solo puede ser encontrado cuando dejemos de aceptar la mentira y la verdad prevalezca en toda su dimensión.

La mentira surte efectos siempre que uno esté dispuesto a “dejarse contaminar” por ella. Considero esclarecedor aquel dicho que nos dice: “No existe mayor ciego que quien no quiere ver…”, por lo tanto me pregunto ¿cuál es el límite de responsabilidad entre quién miente y quien acepta –sin demasiados rodeos- una mentira?

Si hemos aceptado irresponsablemente (o negligentemente) una mentira, tendremos que “hacernos cargo” de sus consecuencias. No olvidemos que en nuestro ordenamiento jurídico, rige el principio de que “se es culpable por acción u omisión”, por lo tanto somos responsables de aquellos actos que ejecutamos por fuera de toda legalidad, sea porque hacemos caso omiso a lo que la ley nos impone o bien porque actuamos en contra de esas disposiciones legales.

Como profesionales (que se suponen debidamente instruidos), no podemos declararnos confundidos por quienes se encuentran enfrentados ante una situación de “conflicto de intereses”. Bien es sabido, que cada parte defenderá su férrea posición con todos los elementos que disponga; pero, quienes se encuentren de alguna manera envueltos en esta situación, no pueden adoptar una posición basada en la duda, en la falta de información o en la confusión. Esto sería actuar irresponsablemente y con negligencia profesional.

Es negligente e irresponsable buscar excusas para justificar posiciones que sabemos incorrectas o, por lo menos, las suponemos incorrectas, en conocimiento de la existencia de un conflicto que enturbia la verdad. Es nuestro deber asesorarnos objetivamente al momento de tomar decisiones que comprometen nuestro accionar como profesionales e, indudablemente, ese asesoramiento no puede ser objetivo cuando se encuentra viciado por las pasiones de las partes en conflicto.

Me permito recordar algunas reglas contenidas en nuestro Código de Ética y que en cierta manera también se encuentran contempladas en los códigos de ética de diferentes profesiones:
1) Observar probidad, veracidad, lealtad personal, independencia y buena fe en los actos profesionales, como así también respeto a las leyes que regulan su ejercicio.
2) Desempeñarse con probidad y lealtad profesional, observando detenidamente todas y cada una de las obligaciones que legalmente le son exigidas.
3) Actuar con razonabilidad, sentido común y buena fe.
4) Evitar asumir compromisos y/o responsabilidades que no pueda afrontar adecuadamente y con solvencia; cuestiones estas que, de no observarse debidamente, puedan provocar quejas, reclamos y/o acciones judiciales o extrajudiciales, por presunta o incorrecta “mal praxis profesional”.

Hoy un estudiante de secundario conoce perfectamente (y así es instruido) que el ordenamiento jurídico de una Nación surge como consecuencia de la existencia de una Constitución y de las leyes que la reglamentan. También disponen suficientes conocimientos para asegurar que las leyes sólo surgen del Poder Legislativo y su duración (o vigencia) permanece por el tiempo que se le pudo asignar o bien cuando es derogada por otra ley (de la forma que legalmente se ha establecido). Mientras esto no suceda, las leyes mantienen toda su vigencia y tan sólo pueden limitarse sus efectos por orden judicial que beneficiará exclusivamente a quien peticionó en tal sentido, ya que esta medida no surte efecto “erga omnes”; esto equivale decir que esta resolución judicial no puede alcanzar (o beneficiar) a todas las personas.

Estas pequeñas reflexiones que me atrevo a realizar, tienen por finalidad invitarles a actuar racionalmente y con madurez suficiente. Este reclamo nos lo realiza la sociedad en su conjunto y no es exigencia de alguna institución o persona; recordemos que el Estado Provincial regula el ejercicio de las profesiones en defensa de los intereses de toda la comunidad y es el único que posee esa facultad y puede delegarla (1). No ser consecuentes con ese reclamo, provocará una grave sanción de parte de nuestra sociedad y afectará significativamente la credibilidad y confianza en nuestros desempeños profesionales.

Asumamos que necesariamente somos quienes debemos revalorizar la verdad por sobre la mentira. De lo contrario seremos responsables del engaño social que ya se ha instaurado entre nosotros y que tiende a extenderse hacia toda la comunidad. Si existe descrédito hacia las instituciones que nos representan, también nos desacreditamos nosotros. No podemos permitir que la incertidumbre y el dilema sobre la legalidad de nuestras acciones sigan alimentando ese descreimiento y genere mayor desconfianza hacia nuestra profesión.

El Directorio


“Se puede mentir a una persona por un cierto tiempo, pero no se puede mentir a todas las personas durante todo el tiempo…”. (desconocido)
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(1) Art.37 –Const.de la Pcia.: “La Provincia puede conferir el gobierno de las profesiones y el control de su ejercicio a las entidades que se organicen con el concurso de todos los profesionales de la actividad, en forma democrática y pluralista conforme a las bases y condiciones que establece la Legislatura. Tienen a su cargo la defensa y promoción de sus intereses específicos y gozan de las atribuciones que la ley establece necesarias para el desempeño de sus funciones, con arreglo a los principios de leal colaboración mutua y subordinación al bien común, sin perjuicio de la jurisdicción de los poderes del Estado.”.
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Enero 2011.-