PARA QUIENES EJERCEN EL
CORRETAJE INMOBILIARIO
Estimado Corredor Inmobiliario:
CORRETAJE INMOBILIARIO
Estimado Corredor Inmobiliario:
El día jueves 28 de octubre de 2010, se realizó la Asamblea General Extraordinaria del Colegio Profesional de Corredores Públicos Inmobiliarios quien, por decisión unánime de sus miembros, ha resuelto establecer un plazo fatal y definitorio, hasta el treinta de diciembre del presente año, para que los corredores públicos inmobiliarios -que aun no se han acogido a los beneficios otorgados por la Ley 9445- cumplan con lo dispuesto en dicha normativa. Vencido este plazo se procederá a realizar las inspecciones correspondientes y en su caso las denuncias penales por ejercicio ilegal de la profesión.
De esta forma, a partir del día 30 de Diciembre de 2010, solo podrán ejercer el corretaje inmobiliario quienes cumplan con las condiciones previstas en la Ley 9445, única Ley con plena vigencia en la Provincia de Córdoba, que regula la actividad inmobiliaria.
Le recordamos a Ud. que la Ley Provincial 9445 fue sancionada por la Legislatura el día 28/11/2007, promulgada el 4/12/2007 y publicada en el boletín oficial el día 19/12/2007. La misma, en su art.1º establece: “…El ejercicio del corretaje inmobiliario en el territorio de la Provincia de Córdoba, se regirá por las disposiciones de la presente ley…”
Siendo que por esta Ley, el Colegio Profesional de Corredores Públicos Inmobiliarios, tiene por funciones “…Defender la actividad profesional, controlar la matrícula habilitante, llevar el registro y ejercer su gobierno…” (art.27); este Directorio actuará en concordancia con las obligaciones y responsabilidades legales que le competen y será firme en sus decisiones.
“… el corretaje es una actividad que se ejerce bajo control del Estado y las normas que lo regulan son de orden público.”
(S. C. J. de Mendoza - Sala 1º - 02/10/2000 - López Ernesto H. v/ BNL)
La Asamblea General Extraordinaria ha instruido convenientemente a este Directorio para que Ud. disponga de todas las posibilidades de matricularse sin que se vea obstaculizado su normal desenvolvimiento.
Tome conciencia de que se terminaron los tiempos de espera y expectación; existe una normativa legal que debe acatar para no perjudicarse. De ser necesario, no dude en contar con un desinteresado, objetivo y adecuado asesoramiento profesional.
Concurra a nuestra sede en calle Buenos Aires 1394, de la Cdad. de Córdoba o bien, comuníquese con nosotros a los teléfonos 4605603 – 4608699. También puede recurrir a nuestras direcciones de correo electrónico:
info@cpcpi.org.ar / colegiocorredoresinmobiliarios@gmail.com
El Directorio.-
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